De acuerdo con la Organización mundial de la Salud, el uso adecuado de medicamentos requiere que el paciente reciba la medicación apropiada a su necesidad clínica en las dosis correspondientes con sus requerimientos individuales, por un periodo adecuado de tiempo y al menor costo para él y su comunidad.
Gran parte de estos requisitos son cubiertos cuando existe una prescripción adecuada, lo cual involucra una responsabilidad del médico tratante, sin embargo, es la acción de un equipo interdisciplinario, que involucra todo un proceso que se inicia desde la adquisición, calidad, conservación, dispensación, y administración del medicamento, prescrito; es por esto que cada uno de estos procesos son reglamentados, contando con una normatividad legal.
CON RELACION A LA PRESCRIPCION DE LOS MEDICAMENTOS
RESOLUCION 1470 DE MAYO 10 EDL 2006
Capitulo XVII Prescripción de medicamentos de control especial
Articulo 80 La cantidad total prescrita de medicamentos sometidos a fiscalización se hará, teniendo en cuenta los siguientes parámetros:
B. Medicamentos correspondientes a "Oxitócitos y Antihemorrágicos Uterinos", la dosis ordenada bajo la responsabilidad del médico tratante;
Artículo 81. Los médicos, médicos veterinarios y médicos veterinarios zootecnistas graduados y en ejercicio legal de su profesión son los únicos profesionales que podrán prescribir Medicamentos de control especial, franja violeta, en la fórmula del Recetario Oficial.
MANUAL DE CONDICIONES ESENCIALES Y PROCEDIMIENTOS DEL SERVICIO FARMACÉUTICO.
Título I Condiciones esenciales, Prescripción, fórmula u orden médica. Orden escrita emitida por un médico o profesional de la salud autorizado por la ley, para que uno o varios medicamentos, especificados en ella, sea(n) dispensado(s) a determinada persona.
CON RELACION A LA ADMINISTRACION DE LOS MEDICAMENTOS LEY 266 DE ENERO 25 DEL 2006
disposiciones.
Capítulo I Artículo 2: Principios de la práctica profesional, son principios de la práctica profesional de enfermería:
Integralidad
Individualidad Dialogizada
Calidad
Continuidad
Capítulo I Articulo 2: Además de los principios que se enuncian en la Ley 266 de 1996, Capítulo I título I, artículo 2°, los principios éticos de Beneficencia, No-Maleficencia, Autonomía, Justicia, Veracidad, Solidaridad, Lealtad y Fidelidad, orientarán la responsabilidad deontológica - profesional de la enfermería en Colombia.
Capítulo II Articulo 8: El profesional de enfermería, con base en el análisis de las circunstancias de tiempo, modo y lugar, podrá delegar actividades de cuidado de enfermería al auxiliar de enfermería cuando, de acuerdo con su juicio, no ponga en riesgo la integridad física o mental de la persona o grupo de personas que cuida y siempre y cuando pueda ejercer supervisión sobre las actividades delegadas.
Parágrafo: El profesional de enfermería tiene el derecho y la responsabilidad de definir y aplicar criterios para seleccionar, supervisar y evaluar el personal profesional y auxiliar de enfermería de su equipo de trabajo, para asegurar que este responda a los requerimientos y complejidad del cuidado de enfermería.
Capitulo II Artículo 22: Cuando el profesional de enfermería considere que como consecuencia de una prescripción se puede llegar a causar daño, someter a riesgos o tratamientos injustificados al sujeto de cui dado, contactará a quien emitió la prescripción, a fin de discutir las dudas y los fundamentos de su preocupación. Si el profesional tratante mantiene su posición invariable, el profesional de enfermería actuará de acuerdo con su criterio: bien sea de conformidad con el profesional o haciendo uso de la objeción de conciencia, dejando siempre constancia escrita de su actuación.
Artículo 4: Perfiles Ocupacionales. Los perfiles ocupacionales para los auxiliares en las áreas de la salud de que trata el artículo anterior serán los señalados en el anexo técnico denominado “PERFILES OCUPACIONALES Y NORMAS DE COMPETENCIA LABORAL PARA AUXILIARES
EN LAS ÁREAS DE LA SALUD”, que forma parte integral del presente decreto y podrá ser actualizado por el Ministerio de la Protección Social de acuerdo con las necesidades del Sistema de Seguridad Social en Salud, en este anexo para el personal auxiliar de enfermería se encuentra en el N° 7 la competencia: Administrar medicamentos según delegación y de acuerdo con técnicas establecidas en relación con los principios éticos y legales vigentes.
DECRETO 677 DE ABRIL 26 DE 1995
Por el cual se reglamenta parcialmente el Régimen de Registros y Licencias, el Control de Calidad, así como el Régimen de Vigilancia Sanitaria de Medicamentos, Cosméticos, Preparaciones Farmacéuticas a base de Recursos Naturales, Productos de Aseo, Higiene y Limpieza y otros productos de uso doméstico y se dictan otras disposiciones sobre la materia.
RESOLUCIÓN 1403 DE MAYO 14 DEL 2007
Por la cual se determina el Modelo de Gestión del Servicio Farmacéutico, se adopta el Manual de Condiciones Esenciales y procedimientos y se dictan otras disposiciones Capitulo III Numeral 5 Sistema de gestión de la calidad.
Artículo 17.SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD. Es una herramienta de gestión sistemática y transparente que permite dirigir y evaluar el desempeño del servicio farmacéutico, en términos de calidad y satisfacción social en la prestación de los servicios a su cargo, la cual está enmarcada en los planes estratégicos y de desarrollo de las organizaciones a que pertenece el servicio. El Sistema de Gestión de la Calidad adoptará en cada servicio un enfoque basado en los procesos que ofrezca y en las expectativas de los usuarios, destinatarios y beneficiarios del mismo.
Capítulo V Sistema de Información
Artículo 20.SISTEMA DE INFORMACIÓN INSTITUCIONAL SOBRE
MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS. Las instituciones prestadoras de servicios de salud, construirán e implementarán el Sistema Institucional de Información, en lo posible computarizado, sobre medicamentos y dispositivos médicos, integrado al Sistema Institucional de Salud, Sistema Integral de Información en Salud y Sistema General de Información Administrativa.
Artículo 21. Contenido del sistema institucional de información sobre medicamentos y dispositivos médicos MANUAL DE CONDICIONES ESENCIALES Y PROCEDIMIENTOS DEL
DECRETO 2200 DE JUNIO 28 DEL 2005
Por el cual se reglamenta el servicio farmacéutico y se dictan otras disposiciones. Este decreto tiene por objeto regular las actividades y/o procesos propios del servicio farmacéutico entre las que se encuentra: Participar en la creación y desarrollo de programas relacionados con los medicamentos y dispositivos médicos, especialmente los programas de Farmacovigilancia.
RESOLUCIÓN 4816 DE NOVIEMBRE 27 DEL 2008
La administración de medicamentos es un procedimiento que requiere de varias etapas, que van des de la prescripción por parte de un profesional en medicina pasa por la educación y seguimiento y finalizando con el correcto registro y reporte de eventos adversos medicamentosos en caso de que estos se presenten.
Las instituciones prestadoras de servicios de salud, en sus diferentes niveles de complejidad deben contar con protocolos propios, para la administración de medicamentos, los cuales deben estar soportados en la normatividad legal vigente, y los procedimientos e intervenciones que toda enfermera (o) debe conocer, y emplear al momento de administrar un medicamento por cualquier vía, retomando los conocimientos básicos y generalidades propios de esta actividad, actual mente existen múltiples descripciones bibliográficas, que se pueden encontrar en textos de enfermería o en la web, a continuación se presenta una tabla que esquematiza cuatro momentos en la administración de medicamentos.
Momentos en la administración de medicamentos.
ALISTAR
Se deben tener conceptos básicos de medicamento, presentaciones, equipos, insumos, normas de bioseguridad en la administración de medicamentos, manejo y disposición de residuos hospitalarios, solicitud y devolución de medicamentos según protocolos institucionales.
PREPARAR
Se deben conocer el Kardex o ficha de medicamentos, las diferentes presentaciones de los medicamentos, nombre genérico, grupos farmacológicos, estabilidad y actividad farmacológica, conceptos de volumen y peso, fundamentos matemáticos de cálculo de la dosis a administrar, precauciones de la preparación y el envasado de acuerdo a la vía, cinco
correctos.
ADMINISTRAR
Conocer las diferentes vías de administración de medicamentos, sus precauciones, modo de aplicación según vía, acción
terapéutica e indicación del medicamento, efectos adversos, cinco correctos
REGISTRAR
Conocer los formatos y protocolos institucionales de registro, como diligenciar los formatos de: administración, evento adverso, reacción adverso medicamentosa, solicitud de
medicamentos, cinco correctos